Sunday, September 13, 2020

EL CUENTAPROPISMO: GENESIS PARA UN DESARROLLO EN LIBERTAD


 

EL CUENTAPROPISMO: GENESIS PARA UN DESARROLLO EN LIBERTAD

Por: Lcdo. Sergio Ramos

El pueblo cubano se ha caracterizado por su espíritu emprendedor. Antes de la llegada del castrismo Cuba era uno de los países más prósperos de Latinoamérica. Así lo fue hasta que el castro-comunismo se apropiara ilegítimamente del poder, imponiéndole al pueblo un régimen totalitario de economía estatal centralizada, siguiendo el modelo de la extinta Unión Soviética.

A partir de entonces, el país se precipitó en caída hacia la miseria generalizada de todo un pueblo, al tiempo que otros ciudadanos escapaban de las garras opresoras del régimen en busca de libertad en otras partes del mundo.

Los cubanos llegaban a otros países --- y todavía seis décadas después siguen llegando --- sin nada, solo con su voluntad de ser libres y tener una vida mejor, y una vez ubicados en cada uno de estos, se produjo un hecho repetido y constante: Los cubanos se levantaban económicamente a costa de voluntad, trabajo y empresarismo.

Así ocurrió en Miami, FL., en Puerto Rico, en New York, en New Jersey y otros lugares de Estados Unidos; como también en otros países de Europa, como España, Alemania o Suecia; o en Latinoamérica como Costa Rica, República Dominicana o en la otrora democrática Venezuela antes del chavismo.

Del Miami de principio de la década del ’60 a la importante ciudad cosmopolita del hoy día vemos, hay un gran cambio. Esto es obra, en gran medida, de aquellos cubanos que de la nada aplicaron su espíritu emprendedor y laborioso. De igual modo ocurrió en Puerto Rico, lo cual me consta de propio y personal conocimiento; los cubanos que aquí llegamos con una mano adelante y otra atrás, a fuerza de iniciativa y trabajo duro en libertad, contribuimos grandemente al desarrollo y progreso de esta bella isla caribeña. Y así, se repiten estos hechos en muchas partes del mundo en donde se asentaron los exiliados cubanos.

Hoy día, en misma Cuba, a pesar del férreo control del régimen castrista, hay algunos cubanos que, limitadamente, a escondidas de la dictadura, se las ingenian para conseguir o cultivar productos para venderlos a la población, arriesgándose a que sean encarcelados por las fuerzas represivas del régimen. El efecto de estos emprendedores, es satisfacer en algo las necesidades básicas que la dictadura le niega al pueblo. Estos son los llamados cuentapropistas.

Ellos, al vender a escondidas los productos que escasean o cuya disponibilidad son restringidos por la dictadura, alivian un poco a la población de las penurias y necesidades que la dictadura genera con el nocivo control estatal de la distribución y venta de productos.

Ellos son una manifestación del espíritu emprendedor del cubano, lo cual, proyectándolo dentro de un anhelado escenario de libertad empresarial y economía de libre mercado, constituyen la potencial la génesis de un vigoroso comercio y un sostenible progreso y bienestar para el pueblo cubano, una vez sea alcanzada la libertad y la democracia en Cuba.

San Juan, Puerto Rico a 12 de septiembre de 2020

 

 


Saturday, August 29, 2020

CUANDO LA REBELION ES UN DERECHO


 

CUANDO LA REBELION ES UN DERECHO

Por: Lcdo. Sergio Ramos

Desde sus mismos comienzos, el régimen castrista se ha caracterizado por la represión, la censura y el discrimen contra quienes se les oponen. El país está regido con mano de hierro por una minoritaria casta híper-privilegiada que mantiene al pueblo de Cuba sufriendo una atroz tiranía totalitaria desde hace seis décadas.

Hace varias semanas el dictador-testaferro Miguel Díaz Canel hizo amenazantes expresiones declarando que “las calles son para los revolucionarios…”. En otras palabras, recalcando una vez más que a los opositores se les niega el derecho a circular libremente por las calles del país en total contravención a La Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su artículo 13 inciso 1 establece que “Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de su Estado.”

Tales declaraciones, no solo constituyen una violación a los derechos humanos de los ciudadanos que no comparten las ideas del régimen y se oponen a la dictadura castrista, sino que, además, demuestran claramente, una vez más, el carácter dictatorial, exclusivista y discriminatorio del castrismo.

El hecho de que en estos momentos el régimen haya hecho énfasis en negarle al pueblo el derecho a expresar su descontento en las calles, de manera pública y colectivamente, denota que la cúpula gobernante le tiene miedo a que la oposición se desarrolle y crezca; más aún, le teme a que el pueblo se sacuda el miedo inducido por el terror del estado y produzca una explosión social. Un miedo que se ha incrementado a raíz del desastre económico y alimentario que afecta al país tras la pandemia de Corvid-19, razón por la cual recientemente la dictadura ha desplegado una intensa oleada represiva contra la oposición.

En estos momentos, la frustración y el descontento del pueblo cubano en todo el país es palpable. Más aun, el malestar y desencanto también se percibe en muchas personas que hasta ahora eran partidarios del régimen. De ahí la razón para aumento de la represión contra los opositores y ciudadanos en general que se manifiestan por distintos medios en contra el régimen.

Es evidente que estamos en presencia de una fisura en el control social del régimen sobre el pueblo; situación favorable para la lucha libertaria que no debe dejarse pasar por alto y que nos augura la proximidad del momento para que el pueblo reclame en las calles, desde San Antonio hasta Maisi, las libertades y derechos conculcados por la dictatorial casta gobernante. La explosión social en pos de la libertad del pueblo, hay que impulsarla, como ruta ineludible hacia el logro de un cambio total en Cuba.

Del mismo modo, y simultáneamente con las protestas pacíficas del pueblo, deben denunciarse con nombres y apellidos ante los organismos internacionales de derechos humanos a todos los agentes policiacos, jefes de unidades policiacas y militares, que ordenen y/o ejecuten acciones represivas y/o violatorias de los derechos humanos de los ciudadanos cubanos.

Además, para garantizar el éxito de la lucha libertaria, todos los cubanos amantes de la libertad y la democracia, tanto los de adentro de Cuba, como los exiliados fuera del país, debemos prestarnos a trabajar juntos, unidos y solidariamente en pos de la explosión social libertaria de todo el pueblo cubano.

Se trata de poner en práctica el ejercicio del derecho humano que tiene el pueblo de Cuba para exigir y conquistar su legítimo reclamo de libertad, justicia y respeto a la dignidad humana a través de la expresión pública y masiva de las demandas por un cambio total en lo político, en lo social y en lo económico para el país.       O sea, a través del ejercicio por todo el pueblo del derecho humano consagrado en los artículos 19 y 20 de la Carta de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas que establece que: Articulo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.” Y del artículo 20 inciso 1 que dispone que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.”

Cuando impera la opresión, el pueblo tiene el derecho de luchar por su liberación hasta lograrla. Y también este es un derecho humano. De hecho, la Declaración de Derechos Humanos de las Naciones Unidas reconoce el derecho de las personas a que se establezca un orden social que verdaderamente respete los derechos humanos allí consagrados, al establecer en el artículo 28 que: “Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.”

Mas aun, en el Preámbulo de la Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se plantea el reconocimiento del derecho de los pueblos oprimidos por las tiranías a la rebelión cuando expresa que:

“Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión,”

Se trata del mismo derecho en pos de un nuevo orden social de libertad y democracia que ejercieron los polacos bajo el Movimiento Solidaridad o los checos durante la Primavera de Praga o los alemanes cuando provocaron la caída del Muro de Berlin. Es el mismo derecho que hoy dia ejercen los bielorusos contra el dictador Lukashenko o los chinos de Hong Kong contra la ocupación del régimen dictatorial de Pekin. Es el derecho que aplican los venezolanos contra la dictadura de Nicolas Maduro o los nicaraguenses contra el dictador Daniel Ortega. Es el mismo derecho que ejercen en Cuba las Damas de Blanco o los opositores de UNPACO y otras organizaciones opositoras cuando lanzan sus protestas a las calles de Cuba, solo que estas hay que desarrollarlas e intensificarlas para que se produzcan masivamente por todo el pueblo cubano y que abarquen simultáneamente, todo el territorio nacional.

Ese cambio por un nuevo orden social que garantice los derechos proclamados en la Carta de Derechos Humanos de la UNU en Cuba hay que exigirlo masivamente por el pueblo cubano, pues ante el carácter tiránico del régimen castrista, los cubanos todos estamos compelidos al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión castrista.

El derecho del pueblo a rebelarse contra la opresión está contenido en la verdadera y legítima Constitución de Cuba de 1940 en su artículo 40 al párrafo segundo, reconociendo el derecho del pueblo a la resistencia (‘Ius Resistendi’) al establecer que: “Es legitima la resistencia adecuada para la protección de los derechos individuales garantizados anteriormente.” , precepto que, además, es cónsono con las enseñanzas del apóstol José Martí para cuando los opresores nos conculcan nuestros derechos: “… los derechos se toman, no se piden, se arrancan, no se mendigan.” Un derecho que a comienzos del siglo XIX nos planteaba Simón Bolívar al expresar que: “Cuando la tiranía se hace ley, la rebelión es un derecho.”

 

San Juan, Puerto Rico a 23 de agosto de 2020

Sunday, August 2, 2020

DISCRIMEN ALIMENTARIO


      TIENDAS PARA LA VENTA EN DOLARES Y PARA LOS ALTOS JERARCAS DEL REGIMEN



TIENDAS DE COMIDA PARA EL PUEBLO


DISCRIMEN ALIMENTARIO
Por: Lcdo. Sergio Ramos
La apertura de tiendas para la venta de productos en dólares por el gobierno cubano ha causado un fuerte malestar en la hambreada población cubana. A raíz del impacto causado por la pandemia de CORVID-19, la ya maltrecha economía cubana sufrió una fuerte recesión. Los ingresos que el país recibía por concepto del turismo, las visitas familiares y las exportaciones se vieron seriamente mermadas, al tiempo que la ineficaz producción industrial y agrícola del país declinó al punto de causar una fuerte escases de productos alimenticios y de primera necesidad.
Ante esa crisis económica y social la dictadura busca desesperadamente atraer dólares para sus arcas.  De ahí, la apertura de esas tiendas, que constituyen por si mismas un contrasentido desde el punto de vista de propiciar una solución al serio problema alimentario que sufre la población.
Resulta que, de buenas a primera, en medio de la gran escases alimentaria que padece el pueblo, la dictadura abre decenas de tiendas, para la venta de alimentos y mercancías solo en dólares americanos y las cuales están abarrotadas de productos alimenticios y de primera necesidad importados, no solo de Europa, China y Suramérica, sino también de los Estados Unidos, dejando al descubierto la gran mentira propagandística del régimen sobre el cacareado bloqueo.
Curiosamente, las aperturas de tales tiendas están descascarando el encubridor barniz propagandístico del régimen, dejando al descubierto ante el pueblo el discrimen y la injusticia del que siempre han sido objeto a través de los racionamientos de alimentos y productos durante más de seis décadas de dictadura comunista.
Resulta que en dichas tiendas solo se puede pagar con dólares, pero el trabajador cubano se les paga en pesos nacionales. Es decir, que el régimen le venden los alimentos al pueblo en una moneda distinta a la que ellos perciben por sus salarios y pensiones. Y para acrecentar la inaccesibilidad alimentaria, el peso cubano tiene un valor muy inferior al dólar en el mercado de cambio y los ingresos promedios de los trabajadores y jubilados son míseros.
El trabajador promedio queda impedido de adquirir los productos pues al cambio, un dólar americano son $25 pesos nacionales y el salario mínimo de un trabajador es de 400 pesos nacionales al mes, que son $16 dólares mensuales. Por otro lado, el salario medio mensual de los trabajadores es $1,067 pesos nacionales, o sea, $42 pesos nacionales al mes. Y los jubilados o pensionados en Cuba ganan un promedio de 242 pesos nacionales al mes, lo que equivale a $8.60 al mes. Cuba cuenta con una fuerza laboral empleada de 4,482,700 empleados en una población laboral de 7.1 millones.
En consecuencia, tan solo aquellos que tienen la dicha de tener un familiar en el exterior (en el exilio) que les ayude económicamente, pueden recibir dólares para poder comprar en dichas tiendas; pero aquellos que no disponen de esa ayuda, quedan excluidos de poder adquirir alimentos y productos de primera necesidad, prolongando su hambruna y miseria. Lo cual resulta altamente discriminatorio.
Además, para poder comprar en dichas tiendas, los cubanos que reciben dólares de sus familiares en el exterior, tienen previamente que depositar el dinero en una cuenta controlada por el gobierno. Lo cual constituye un mecanismo de la dictadura para atrapar los dólares de los sufridos cubanos.
Simultáneamente con la apertura de estas tiendas, la dictadura cubana ha desplegado una campaña represiva contra los cuentapropistas y agricultores independientes a los cuales tilda de “acaparadores”. Sin embargo, todos sabemos que estos cuentapropistas y agricultores son los que verdaderamente resuelven el problema para la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad a los cubanos de pie.
Añádase el hecho de que en el país existe una dicotomía de clases sociales: La pequeña minoría de la alta cúpula que ostenta y usurpa el poder y la gran mayoría conformada por el pueblo empobrecido y hambreado. Esa oligarquía gobernante siempre ha tenido y hoy día sigue teniendo, libre acceso a productos alimenticios en abundancia, mientras se los restringen y niegan a los ciudadanos cubanos. Lo cual constituye un marcado discrimen contra todos aquellos que no han sido privilegiados por pertenecer al minoritario grupo de la casta gobernante.
Y, dicho sea de paso, ellos son los que controlan y se enriquecen con estas tiendas en dólares, pues dichos establecimientos son controlados por la alta cúpula militar a través de las corporaciones gubernamentales CIMEX y GAESA.
En síntesis, este esquema de corrupción y bloqueo del acceso a los alimentos y productos de primera necesidad al pueblo cubano, por parte de la alta cúpula del castrismo, constituye un discrimen alimentario contra el pueblo de Cuba, lo cual viola La Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en sus artículos 7 y 25 establecen que:
Artículo 7 Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.”
Mientras que el Artículo 25 inciso 1, de dicha Declaración Universal de los Derechos Humanos dispone que:
Artículo 25 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”  (Subrayado nuestro)
Por su parte, el Relator Especial sobre el Derechos a la Alimentación de las Naciones Unidas ha expresado al respecto que: “…el derecho a la alimentación es el derecho a tener acceso regular, permanente y sin restricciones a la alimentación, ya sea directamente o a través de la compra, a un nivel suficiente y adecuado, tanto en términos cualitativos como cuantitativos, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a la que el consumidor pertenece, y que garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, satisfactoria, digna y libre de temor.” (Subrayado nuestro)
Expresiones cónsonas con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 Entrada en vigor: 3 de enero de 1976, el cual en su artículo 11 establece que: “Artículo 11 inciso 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia.” (Subrayado nuestro)
Explicando el alcance del citado artículo 11, el Relator Especial emitió la Observación Numero 18 de las Naciones Unidos (20º período de sesiones, 1999) sobre el derecho a una alimentación adecuada (art. 11) y en cuanto al derecho a la accesibilidad a los alimentos expresó lo siguiente en el párrafo 13 de dicho documento”:
“13. La accesibilidad comprende la accesibilidad económica y física: La accesibilidad económica implica que los costos financieros personales o familiares asociados con la adquisición de los alimentos necesarios para un régimen de alimentación adecuado deben estar a un nivel tal que no se vean amenazados o en peligro la provisión y la satisfacción de otras necesidades básicas. La accesibilidad económica se aplica a cualquier tipo o derecho de adquisición por el que las personas obtienen sus alimentos y es una medida del grado en que es satisfactorio para el disfrute del derecho a la alimentación adecuada…”
Como claramente puede verse, la venta en dólares de alimentos y productos de primera necesidad a un pueblo que gana su salario y le pagan sus pensiones en una devaluada moneda nacional y cuyas cuantías salariales son míseras, y que tendrían que depender de que aquellos que tengan la suerte de tener familiares en los Estados Unidos que les envíen dólares, resulta en un acto discriminatorio y violatorio de los derechos humanos del pueblo cubano en general. Violación que se agrava más aun cuando en Cuba existe un privilegiado grupúsculo que se ha perpetuado por la fuerza en el poder y goza de acceso ilimitado a la alimentación y son quienes discriminatoriamente coartan el derecho a la accesibilidad a los alimentos al pueblo cubano.
San Juan, Puerto Rico a 25 de julio de 2020


Friday, July 3, 2020

80 ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCION DE 1940




80 ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCION DE 1940

Por: Lcdo. Sergio Ramos

Hace ochenta años, el primero de julio de 1940, en el poblado de Guáimaro, Provincia de Camagüey, tuvo lugar un trascendental hecho histórico que honraba a los patriotas cubanos que el 10 de abril de 1869 habían proclamado la primera constitución la República de Cuba, en aquella ocasión, en armas. Se trataba esta vez de la promulgación de la Constitución de 1940. Y una vez firmada, la Carta Magna de la República de Cuba fue remitida para su publicación en la Gaceta Oficial, publicándose el 8 de julio de ese año y entrando en pleno vigor el 10 de octubre de 1940.
La Constitución de 1940 fue una fundamentalmente democrática y avanzada para su época y sus disposiciones garantizaban con plenitud los derechos humanos y civiles de todos los ciudadanos cubanos. Desde el punto de vista procesal, aquella ley suprema de la República de Cuba fue debatida ampliamente, redactada y aprobada con plena participación de todas las corrientes políticas del país, desde la derecha, pasando por el centro democrático, hasta la izquierda. Fue el resultado del consenso dentro del marco del pluralismo social y político.
La misma fue promulgada tras un proceso constituyente muy distinto al que tuvieron las constituciones impuestas por la tiranía castrista en los años 1976, sus enmiendas de 1992 y del 2002, y la más reciente del 2019. En la elaboración de  todas las constituciones castristas y sus enmiendas solo participó una minoritaria facción de la sociedad y la política cubana, ya que todas estas fueron obra exclusiva de un solo partido (El comunista) y en la redacción de estas solo participaron la minoritaria facción de dirigentes del Partico Comunista de Cuba.
A diferencia de las constituciones castristas impuestas al pueblo cubano, la democrática Constitución de 1940 reconoce en su artículo 2 que: “La soberanía reside en el pueblo y de este emanan todos los poderes públicos”. En cambio, la actual constitución castrista en su artículo 5 coloca al minoritario Partido Comunista como “…la fuerza política dirigente superior de la sociedad y del Estado.” con lo cual le arrebata al pueblo cubano --- al ciudadano cubano --- la soberanía que por derecho propio le corresponde. Peor aún, establece un régimen discriminatorio, haciendo a los miembros de ese minoritario partido “superiores” al resto de los ciudadanos. Sin embargo, la Constitución de 1940 en su Artículo 20, establecía que “Todos los cubanos son iguales ante la Ley. La republica no reconoce fueros y privilegios.”
Otro dato importante de la Constitución de 1940 es que se adelantó en su tiempo a la promulgación de los Derechos Humanos de la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas la cual fue aprobada el 10 de diciembre de 1948, o sea ocho años antes que la promulgante Resolución 217 de 1948. Los derechos humanos que garantiza dicha declaración de la ONU, están plenamente garantizados por la Constitución de 1940. Veamos:
La Igualdad ante la ley del artículo 7 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está contenida en el citado artículo 20 de la Constitución de 1940
El derecho a la vida del artículo 3 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está contenida en el artículo 25 de la Constitución del 1940 prohibiendo la pena de muerte.
La no detención arbitraria y el derecho a remedio efectivo ante el tribunal imparcial de los articulo 8 y 9 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU están establecidos en los artículos 26, 27, 28 y 29 de la Constitución del 1940
La inviolabilidad de la correspondencia y el derecho a la privacidad del artículo 12 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está garantizada por el artículo 32 de la Constitución del 1940
La libertad de expresión del pensamiento de los artículos 18 y 19 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está contenida en el artículo 33 de la Constitución del 1940
La libertad de culto religioso del artículo 18 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está protegida en el artículo 35 de la Constitución del 1940
La libertad de asociación del artículo 20 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está garantizada en el artículo 37 de la Constitución del 1940
El derecho a la propiedad del artículo 17 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está contenida en el artículo 24 de la Constitución del 1940
El derecho a la participación en el gobierno del país del artículo 21 de la Declaración de Derechos Humanos de la ONU, está establecido en el artículo 38 de la Constitución del 1940. Y así sucesivamente con otros derechos civiles y humanos más.
Además, garantizaba las elecciones libres y que el voto fuera universal, igualitario y secreto (Articulo 97) con garantía al pluralismo político al permitir la libre organización y participación de partidos políticos acorde al artículo 102 de dicha constitución. Más aun, garantizaba la participación y representación de las minorías en el gobierno según el artículo 103; derechos estos, que coarta la constitución de castrista del 2019 al imponer el mono-partidismo supremacista del minoritario Partido Comunista, discriminando a todas las otras vertientes del pensamiento político y social del país, excluyendo y coartando la diversidad de pensamiento y de criterios que por su propia naturaleza tienen todas las sociedades.
A diferencia de la constitución castrista que concentra excesivamente los poderes del estado en el poder ejecutivo bajo un solo partido, el comunista, la Constitución de 1940 fundaba al país bajo el concepto de la Separación de Poderes: El ejecutivo, el legislativo y el judicial (Articulo 118). Bajo este modelo de peso y contrapeso, ningún poder es superior al otro, cada cual es autónomo en sus funciones específicas y se monitorean unos a otros, para evitar el abuso y el acaparamiento del poder en una o pocas manos, haciendo realidad que la soberanía recaiga en el pueblo.
Si tomamos en cuenta el procedimiento para enmendar o derogar la Constitución de 1940 establecido en el Titulo XIX (Artículos 285 y 286) estas nunca fueron seguidas por la dictadura al momento de promulgar la constitución comunista de 1976, lo cual, desde el punto de vista de derecho, la hace ilegitima, impuesta de facto, además de por su naturaleza excluyente que hubo en su redacción y promulgación, toda vez que fue obra de una facción minoritaria del pueblo.
 Luego la constitución de jure de Cuba es la del 1940, aunque este bloqueada de toda vigencia a causa del régimen dictatorial y totalitario que impuso al pueblo la excluyente y opresiva constitución del 2019 que rige de facto.
Ante esa imposición, la Constitución de 1940 en su artículo 40 al párrafo segundo reconoce el derecho del pueblo a la resistencia (‘Ius Resistendi’) al establecer que: “Es legitima la resistencia adecuada para la protección de los derechos individuales garantizados anteriormente.”  Luego las acciones de la valiente oposición cubana en pos de sus derechos humanos y civiles y las libertades del pueblo, acorde este ordenamiento constitucional de 1940, son totalmente legitimas.
Tristemente, en nuestra historia, las ambiciones de poder, pisotearon y violentaron aquella democrática Constitución de 1940, trayendo dictaduras que solo han causado sufrimiento, dolor y lágrimas a nuestro pueblo.
Hoy a 80 años de tan excelsa pieza legislativa, honremos a aquellos compatriotas constituyentes del 1940 que supieron seguir el llamado del ilustre legislador José Manuel Cortina al plantear en su discurso inaugural en la escalinata del Capitolio de La Habana “¡Los partidos fuera, la patria dentro!” para darle al pueblo cubano una Carta Magna verdaderamente democrática.
La Constitución de 1940 fue y es una carta magna del pueblo, por el pueblo y para todo el pueblo cubano.
San Juan, Puerto Rico a 27 de junio de 2020.




Saturday, June 27, 2020

EL GRAN LASTRE ECONOMICO DE CUBA




EL GRAN LASTRE ECONOMICO DE CUBA

Por: Lcdo. Sergio Ramos

Tal como ha ocurrido en muchos países en el mundo, Cuba está sumida en una profunda crisis económica como resultado del impacto causado por el disloque de los mercados internacionales a raíz de la pandemia del CORVID-19.
Sin embargo, la situación en Cuba se agrava exponencialmente a causa de la ineficiencia intrínseca del modelo económico impuesto por la dictadura. El pueblo cubano está padeciendo una severa escases de productos de primera necesidad y alimenticios que al régimen le es imposible resolver.
Actualmente existe una gran preocupación en las altas esferas de la casta gobernante; razón por la cual comparecieron hace varios días ante el programa televisivo oficialista “Mesa Redonda” tres de las más altas figuras del régimen en cuanto a economía: Miguel Diaz-Canel, el primer ministro Manuel Marrero Cruz y el Ministro de Economía Alejandro Gil. El mismo estuvo cargado de discursos justificativos en donde achacaban culpas infundadas a otras cuestiones, sin afrontar el meollo de la causa real de la crisis económica de afecta a Cuba.
Posteriormente, el ministro de Comercio Exterior, Rodrigo Malmierca, como parte de la desesperación económica de la dictadura castrista, anunció una medida autorizando a los cubanos en el exterior a invertir en el país y otra que concederá autorización a ciertos cuentapropistas para exportar sus productos, sujeto a una serie de condiciones limitativas por parte del estado. Al tiempo que vemos como, contradictoriamente, el régimen desata una campaña de expropiaciones de productos a los cuentapropistas y agricultores independientes.
Un hecho cierto es que, por su naturaleza totalitaria, exclusivista y dictatorial, el régimen cubano no ofrece garantías de estabilidad, ni de seguridad para la inversión extrajera y/o de los cubanos en el exterior y/o de los ciudadanos dentro del país, pues se trata de un problema sistémico. Cualquier inversión en Cuba es de muy alto riesgo pues constantemente estará a expensas de su expropiación arbitraria sin indemnización a causa de las inconsistencias, las arbitrariedades, la corrupción y los fanatismos ideológicos de la casta gobernante que por más de 60 años usurpa el poder que le corresponde al pueblo. 
La realidad es que ninguna de dichas medidas adoptadas por el régimen   contribuye a resolver la crítica situación económica del país, puesto que la génesis del mal radica en el inoperante e improductivo sistema económico de control y propiedad estatizada impuesto por el régimen. Un sistema económico que nunca ha dado resultados puesto que el país lleva 60 años en la pobreza y que constituye un gran lastre que obstruye capacidad para salir de la presente crisis, e impide el desarrollo económico del país y el bienestar del pueblo Cuba. Se trata del mismo sistema que por su ineficiencia fue descartado por quienes primero lo aplicaron: Los rusos.
Para resolver la crisis y pueda salir de la pobreza en que esta sumida, se ha de empezar por abrir plenamente la economía al libre mercado y a la tenencia de la propiedad tanto de los bienes de consumo, como de producción, no solo para los extranjeros o los cubanos en el exterior, sino para todos los ciudadanos cubanos que residen en el país. Medidas que deben de ser acompañadas de garantías plenas para la seguridad y estabilidad en la tenencia de la propiedad privada, tanto agrícola, industrial, comercial, como también en lo personal. Además, debe proveerse de incentivos a la inversión como la reducción de los impuestos a niveles razonables, incluyendo la exención contributiva para la inversión en la agricultura, industria y comercio y permitir la libre contratación de los trabajadores bajo condiciones salariales justas y dignas que garanticen el bienestar de los ciudadanos.
O sea, ha de desecharse por completo el modelo de economía estatal centralizada del comunismo y adoptar un modelo de libre empresa y mercado.
Obviamente, sabemos que eso es algo que la minoritaria casta de la alta cúpula en el poder no está dispuesta a hacer, puesto que perdería el control férreo que tienen sobre el país y en última instancia, su dominio sobre el ciudadano común.
Para resolver el problema económico de Cuba se requiere el cambio radical de modelo económico, lo cual también requiere a priori un profundo cambio en el modelo político orientado hacia la democratización del país, y a eso le tienen terror los altos jerarcas del Partido Comunista de Cuba.
De hecho, a principios de este siglo la cúpula gobernante estuvo considerando cambios en el modelo económico e hizo estudios sobre la posibilidad de la implantación del modelo chino y el modelo vietnamita. Este último fue muy considerado por la cúpula gobernante por ser más restrictivo, pero al final fueron arropado por el miedo al cambio y desecharon ambos, pues hacerlo pudiera conllevar una pérdida en los niveles de poder absoluto que ostentan.
Cabe señalar que ambos modelos económicos, el chino y el vietnamita, son inaceptables como remedios para los males que sufre Cuba, porque ambos conllevan el continuismo del régimen dictatorial.
Al fin de cuentas, mientras los castro-comunistas estén en el poder en Cuba, todo seguirá igual. La pobreza, las escases y el hambre continuará arropando al país, manteniendo al pueblo cubano sumido en la opresión y la miseria al tiempo que la minoritaria casta gobernante seguirá enriqueciéndose a costa de la explotación de los trabajadores cubanos.
Y de nuevo, insisto, solo profundo y radical cambio en el modelo político, hará posible que se produzca un verdadero y real cambio de modelo económico que de al traste para siempre con la pobreza y la opresión del pueblo Cuba.
San Juan, Puerto Rico a 23 de junio de 2020



Saturday, May 30, 2020

DOS MODELOS ECONOMICOS ANTE UNA MISMA PANDEMIA

EN LA ECONOMIA ESTATIZADA DE CUBA



EN LA ECONOMIA DE LIBRE MERCADO 




DOS MODELOS ECONOMICOS ANTE UNA MISMA PANDEMIA
Por: Lcdo. Sergio Ramos
A raíz de la pandemia de Corvid-19 en Cuba se ha desatado una seria escases de productos alimenticios y de primera necesidad. El pueblo en su desesperación se aglomera desesperado alrededor de cualquier lugar en donde meramente se diga que están dando o van dar cualquier producto sin importar lo que sea.
La ineficacia productiva del sistema marxista-leninista implantado en el país se exacerba en medio de la pandemia resaltando la incompetencia de la mega-burocracia del totalitarismo de estado imperante.
En respuesta, el régimen, persigue a los cuentapropistas con quienes, hasta ahora, se hacía de la vista larga respecto a los llamados “acaparadores” de productos básicos y de alimentos, desatando una arremetida de confiscaciones y detenciones de aquellos cuyo “delito” es poseer un espíritu emprendedor escudado en el limitado cuentapropismo.
Lo que debía esperarse de tales confiscaciones es que dichos productos se distribuyeran al pueblo, pero lamentablemente no será así, pues en la naturaleza misma del sistema comunista esta la génesis de la corrupción de los funcionarios que realizan tales confiscaciones y los jerarcas de la alta cúpula del poder que los dirigen.
En consecuencia, fuera de quizás unas pocas excepciones, que serán teatralizadas por la propaganda del régimen, mostrando la entrega de algunos de esos productos confiscados a los ciudadanos, la mayoría de estos serán destinados al enriquecimiento de los bolsillos de los corruptos funcionarios y los altos jerarcas del gobierno.
La indolencia gubernamental y la incompetencia del régimen ante la desesperación del pueblo causada por el hambre y las necesidades exacerbada por esta súbita escases, es preocupante. 
Cuando comparamos el efecto de la pandemia en Cuba con el que acontece en las sociedades de mercado abierto y libre, nos percatamos una gran diferencia en cuanto a la situación de accesibilidad de las personas a los productos alimenticios y de primera necesidad.
Partiendo del hecho de reconocer que crisis económica causada por la pandemia, indudablemente, también ha impactado adversamente a los medios de producción y la cadena de distribución de los productos, pero el efecto escases causado en los países de libre mercado es muchísimo menor y no se experimenta el incremento del hambre que existe en los regímenes comunistas, sea el de Cuba o el de Venezuela o cualquier otro país con modelos económicos similares.
Un dato interesante es que, en las economías de libre mercado, a pesar de existir las filas o colas para acceder a los productos, estas fundamentalmente se basan en el control del contagio, no tanto en la escases de los productos.
También vale destacar que, en medio de la pandemia, los países con las economías de libre mercado han desarrollado y/o implementado tecnologías de compraventa y distribución de los productos por medio de internet, incrementando el acceso de la población a los mercados y facilitando la satisfacción de sus necesidades en materia alimentaria y de productos de primera necesidad.
Mientras que en las economías estatizadas estos métodos de tecnología de distribución de productos por internet no están accesibles a la mayoría de la población y los escasos esfuerzos por implementarlos en medio de la pandemia han sido un rotundo fracaso.
La pandemia ha venido a destapar la ineficacia del sistema económico comunista centralizado. Una realidad observable en el diario vivir del cubano de pie desde los mismos comienzos de la dictadura castrista, en donde lo cotidiano es la escases de los productos a causa de la improductividad en las fábricas y fincas agrícolas estatales y la ineficiencia en la cadena de distribución, algo, que se agrava con la corrupción que fomenta la carencia sostenida de productos básicos y los privilegios de las castas gobernantes amparadas en el poder absoluto que ostentan. 
La pandemia del Corvid-19 nos permite hacer una clara comparación de la eficacia de cada uno de esos dos modelos económicos ante una crisis que, no solo afecta la salud, sino también que produce un severo impacto económico en todos los países afectados por ese mal; dejando demostrado que el modelo económico centralizado y estatizado resulta ineficaz, mientras que el modelo de libre empresa y libre accesibilidad a los mercados posee una fuerte solidez para superar situaciones de crisis extremas, en donde son los pueblos los que, en última instancia, sufren los impactos nocivos de las crisis.
San Juan, Puerto Rico a 25 de mayo de 2020    

Saturday, May 9, 2020

LA PEOR DE LAS PANDEMIAS: EL COMUNISMOVIRUS



LA PEOR DE LAS PANDEMIAS: EL COMUNISMOVIRUS

Por Lcdo. Sergio Ramos
Las pandemias han azotado a la humanidad desde tiempos inmemoriales. Desde la bíblica peste que afectó Egipto en los tiempos de Moisés durante el siglo XIII a.C., pasando por la que azotó a Atenas en el 430 a.C. al 429 a.C. que le costó la muerte al gran Pericles, o la llamada Peste Cipriana que hubo en el Imperio Romano en el 249 d.C. o la que padeció el Imperio Bizantino conocida como la Plaga de Justiniano en el 542 d.C. o la famosa Peste Negra que afectó a Europa entre 1347 a 1353, hasta llegar a cien años atrás entre 1918 a 1919 con la llamada Gripe Española. 
Hoy día, también padecemos una pandemia, la del coronavirus o CORVID-19 que está causando miles de muertos en todo el planeta.
Sin embargo, también en el mundo de la política existen pandemias que han causado millones de muertes a la humanidad. Se trata de los totalitarismos. Desde los monarcas más absolutistas como Nabucodonosor II de Babilonia (630 a.C. - 562 a.C.) o el emperador romano Calígula (12 d.C. - 41 d.C.), pasando por Iván IV el Terrible, de Rusia (1530-1584) hasta Leopoldo II de Bélgica (1865-1909).
Pero las peores de estas nocivas pandemias políticas son las del tirano que se ampara en una ideología, supuestamente “redentora”, para aparecer como el “salvador” de los pueblos. Así pasó con el nazismo de Adolfo Hitler que mató más de 17 millones de personas o la de Benito Mussolini responsable de cerca de un millón de muertos.
Pero el peor y más mortal de los político-virus totalitaristas es el comunismo. Creado bajo las teorías de Karl Marx en el siglo XIX y adoptado e implementado por Vladimir Lenin en Rusia en 1917, se expandió por todo el mundo bajo el camuflaje de “reivindicación de los pobres y los trabajadores”, trayendo a la humanidad una pandemia política que ha causado cientos de millones de muertes en todo el planeta.
Así un vistazo a lo largo de la macabra historia del comunismo podemos observar el sangriento martirio que han sufrido los pueblos a los que esta pandemia político-ideológica  sometió:
En Rusia, el régimen totalitario durante el mandato de Vladimir Lenin entre 1917 y 1924 asesinó, entre opositores, realistas, cosacos, durante la rebelión del Tambov y contra la rebelión de los llamados los Rusos Blancos, un total de 590,000 personas, más otros 4 millones a causa de la hambruna que se desató en ese país como consecuencia de la aplicación de las políticas económicas improductivas resultantes de la estatización. Su sucesor en el poder Joseph Stalin entre 1921 a 1953 mató un total de 23 millones de personas.
El virus político-ideológico del comunismo se expandió a China en donde Mao Tse Tung mató un total de 78 millones de seres humanos entre 1949 a 1973.
En el caso de Camboya, el dictador Pol Pot entre 1963 a 1981 asesinó 1.7 millones de personas. En Corea del Norte, fundador del totalitarismo comunista-familiar de ese país Kim Il Sung asesinó un total de 1.6 millones de personas entre 1948 a 1994. Mientras que en Viet Nam ( Antes, Viet Nam del Norte ) Ho Chi Ming entre 1945 al 1969 mató 1.25 millones de personas.
Volviendo al continente europeo, en Albania el tirano comunista Ever Hoxha asesinó unos 100,000 albaneses.  En Alemania del Este entre 1945 al 1989 fueron asesinados por el régimen comunista pro-soviético de ese país unas 815,000 personas. En Yugoslavia el Mariscal Joseph Tito asesinó 1.2 millones de personas. Y en Rumanía el tirano Nicolau Caecescu, entre 1965 al 1989, asesinó unos 435,000 rumanos. Y en Hungría, entre 1945 al 1989, el régimen comunista mató cerca de 210,000 húngaros.
Pasando a la América Latina, en Cuba el tirano Fidel Castro se estima asesinó 73,000 personas sin contar los más de 7,000 balseros que murieron tratando de escapar de la dictadura castrista y cerca de 10,000 soldados cubanos que se estiman murieron en las guerras de Angola, Etiopia, Eritrea, entre otras.
Actualmente, en Nicaragua, el régimen procastrista de Daniel Ortega se le imputan unas 5,000 muertes a la fecha de hoy. Mientras que al dictador Nicolás Maduro en Venezuela se le estiman según informes de derechos humanos un total de más 7,500 muertes.
La pandemia política del totalitarismo comunista le ha costado a la humanidad más de 120 millones de seres humanos, sin contar las muertes causadas por el comunismo en otros países en donde han intentado apoderarse del poder por la fuerza como ocurrió con las guerrillas de ELN o de las FARC en Colombia y las del Viet Cong en Viet Nam del Sur entre otros o con los grupos terroristas de izquierda como los Tupac Amaru y los Montoneros en Uruguay y Argentina, entre otros más fomentados y armados por los regímenes comunistas.
Todo ese horror de muertes, sin contar los innumerables sufrimientos que han ocasionados a los pueblos victimas de semejante flagelo como la opresión, el hambre, la miseria, la explotación, el presidio político, las torturas y la separación de familias.
El comunismo es un peligroso y mortal virus político-ideológico que ha causado, y sigue causando, muchísimas más muertes en el mundo que cualquiera de las pandemias anteriores que han padecido los seres humanos.
La sociedad tiene derecho a defenderse para salvaguardar sus derechos humanos y libertades. Luego, así como la humanidad ha tomado medidas para frenar la pandemia de coronavirus, los pueblos y gobiernos democráticos del mundo deben tomar contundentes acciones --- preventivas y curativas---, contra la pandemia político-ideológica del comunismo, o lo que podríamos llamar, el comunismovirus.
San Juan, Puerto Rico a 26 de abril de 2020