Sunday, March 20, 2011

LA SOBERANIA RADICA EN EL PUEBLO


LA SOBERANIA RADICA EN EL PUEBLO, NO EN UN PARTIDO

Por: Lcdo. Sergio Ramos

En el próximo Congreso del Partido Comunista se pretende reformar algunos aspectos económicos en Cuba. Allí también se tomarán medidas sobre el continuismo de la oligarquía que hace cincuenta y dos años tiene las riendas del gobierno del país.

El artículo 5 de la impuesta e ilegítima Constitución Socialista de Cuba otorga al Partido Comunista un rol supremo en la conducción de la vida nacional y citamos:

“ARTICULO 5.- El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.” ( Enfasis nuestro)

Dicho artículo contradice y cercena lo establecido en el Artículo 3 de la citada Constitución:

“ARTICULO 3.- En la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. …” ( Enfasis nuestro)

Si hacemos una radiografia de esa auto-proclamada “fuerza dirigente superior” encontramos que en una población de 11,200,000 habitantes que residen en la Isla, son miembros del Partido Comunista de Cuba unas 800,000 personas, que representan aproximadamente el 7 por ciento del pueblo cubano.

Para ingresar en el cónclave de los auto-declarados “superiores”, encontramos un estricto proceso de selección elitista. A diferencia de los partidos de base democrática, donde rige el criterio de puertas abiertas a la afiliación.

Resulta entonces que ese exclusivo club de “dirigentes superiores” solo esta compuesto por aquellos que tienen las mismas bases de pensamientos polítco-ideológico. Por lo que escasamente representan una tendencia o fracción minoritaria del pensamiento politico de la población.

Siendo el Partido Comunista de Cuba el único autorizado por ley a existir y participar de la vida política del país, quedan por tanto excluídas de toda participación en el gobierno y en la toma decisiones fundamentales del país, todas las otras tendencias de pensamiento político, social y económico en la sociedad cubana.

Si observamos un poco la historia del Partido Comunista de Cuba, desde su fundación en 1965, encontramos que los componentes de alta cúpula de dicha “fuerza dirigente superior” han sido consistentemente los mismos. La han integrado un grupúsculo de señores entronizados en el poder, en donde la máxima autoridad de dicho elitista y minoritario partido siempre ha sido el mismo: El tirano Fidel Castro.

Podemos entonces concluir que el resultado del citado artículo 5, otorgando exclusividad superiorizada a dicho partido, genera el gobierno ‘ad perpetuam’ de los pocos. Y, en base a su immutable dirigencia máxima en manos de una misma persona, produce la tirania personalista de un hombre en beneficio de un solo grupito reducido personas.

Al final, por vía constitucional, el artículo 5 crea una casta impermeable de goberantes con poderes omnimodos, para imponerse y vivir a costa de todo el pueblo marginado y esclavizado, quienes son obligados a servir incondicionalmente a quienes los gobiernan.

La historia nos enseña, que como resultado de la creación y perpetuación en el poder de una casta gobernante, con el tiempo, esta degenera el continuismo oligárquico: Papá faraón deja su trono al hijo principe. Lo vimos en Corea del Norte cuando Kim Il Sung falleció y dejó el poder a su hijo Kim Yong Il. En Haiti cuando François Duvalier murió y dejo el poder a su hijo Jaen Claude Duvalier. Lo estamos viendo en Libia cuando ahora toma relevancia la figura del hijo de Muamar Gadafi, Saif Al Islam Gadafi.

Nadie se extrañe que en este VI Congreso del Partido Comunista de Cuba veamos aflorar a posiciones importantes, en un discreto segundo nivel, a un Antonio Castro Soto o a un Alejandro Castro Espín, u otros ‘hijitos de papá’, como preparación para el continuismo faraónico al deceso de los actuales incumbentes.

Nadie se asombre cuando en dicho congreso, los grupúsculos entronizados en el usurpado poder, nos impongan caprichozas medidas económicas, sociales y politicos para su conveniencia y contrarios a los intereses y deseos del veradero soberano nacional: El pueblo cubano.

Es contrario a la dignidad de los pueblos que un solo elitista partido político minoritario se abrogue el exclusivo rol de hablar, decidir y actuar en nombre del pueblo, porque el pueblo no son ellos, el pueblo somos todos los cubanos.

Los pueblos estan compuestos de la multiplicidad de ideas, intereses, gustos y criterios. El pueblo es sinonimo de diversidad. De ahí que cuando se nos impone e imprera una sola tendencia ideológica, se margina, se discrimina y hasta se oprime a los que disienten o se oponen al pensamiento político oficialista.

Si la soberanía reside en el pueblo como plantea el articulo 3 antes citado, ¿ Donde esta el resto del pueblo, o sea, los otros 10,400,000 habitantes que no son parte de la elitista y autoproclamada “fuerza superior”?

La justicia comienza cuando todos los hombre somos iguales ante la Ley y nadie es entendido un ser superior al otro porque tenga la piel distinta o este afliado a un determinado grupo de personas.

La representatividad comienza por la apartura de participación y requiere de que existan condiciones claras de respeto a los derechos humanos fundamentales: Libertad de expresión, libertad de movimiento, libertad de asociación y reunión, libertad de prensa y acceso igualitario a medios de comunicación masiva. En otras palabras tienen existir las bases de un clima participativo real.

Los gobiernos, para ser verdaderamente representativos de los pueblos deben contener en su seno, en todas sus ramificaciones, la diversidad en forma de participación efectiva y real de todas las tendencias, idiosincrasias, criterios e intereses del país. Las leyes que no contemplan y toman en cuenta a las minorias o a los otros criterios del universo nacional generan la injusticia, el discrimen, la marginación y la opresión.

Un solo partido no puede ser la “fuerza superior” de una nación. Es el pueblo su única fuerza superior, pues en el pueblo radica la soberanía.

En Cuba, el pueblo debe recuperar su soberanía de manos de la casta gobernante, y transformar radicalmente el sistema politico, social y económico del país, para convertirlo en uno totalmente inclusivo, donde se garantice la paticipación plena de todas las tendencias y criterios del pensamiento sus nacionales en país.


Sunday, March 6, 2011

EL DERECHO A PARTICIPAR


EL DERECHO A PARTICIPAR

Por: Lcdo. Sergio Ramos

Desde hace algún tiempo la dictadura esta difundiendo, como parte de su campaña divisionista, la idea de que en un cambio hacia la democracia en Cuba los exiliados no deben participar, ni tomar decisiones en el preceso, ni ocupar cargos electivos. Lamentablemente, algunos opositores han caído en las maquiavélicas redes de esta cizañera campaña.

La patria del futuro, no puede edificarse sobre bases excluyentes y discriminatorias, sino con la inclusión y participación plena de todos los cubanos.

La principal premisa es que todos los cubanos conformamos una sola nación.

El concepto de nación implica el sentimiento de pertenencia a una comunidad basado en razones históricas, étnicas, lingüísticas, culturales y/o religiosas. Los cubanos estamos enlazados por una misma historia, etnias, idioma, religiones y cultura.

El problema del castrismo y la solución a este mal, ha de abordarse con carácter nacional, por lo que no puede enfocarse con visiones estrechas y limitadas a la población residente en el ámbito territorial. La nación trasciende el espacio y por ende existe mas allá del area geográfica.

Ese fue el caso de el pueblo de Israel durante sus múltiples diásporas y cuyas historias son reflejadas en la Biblia. O como lo es actualmente la problemática del pueblo Palestino. Ambos pueblos anduvieron errantes por el mundo, despojados de una particular area geográfica, pero consevando ese vínculo historico-etnico-linguístico-cultural-religioso.

El Israel moderno se funda en 1948 con el retorno e incorporación plena de la diáspora. El resultado de dicha fusión fue la creación de un pujante estado moderno.

Los polacos son otro ejemplo de un pueblo que fue despojado de su existencia como estado en varias ocasiones a lo largo de la historia, pero conservaron sus raíses nacionales. Cuando la democracia volvió a Polonia a finales del Siglo XX, durante las primeras elecciones del nuevo estado democrático en 1990, uno de los candidatos a la presidencia, competidor de Lech Walesa, lo fue un exliado polaco que vivió muchos años en Canada, Stanislaw Tyminski. Esta apertura igualitarista dando cabida plena a la diáspora polaca, hizo que Polonia surgiera como uno de los estados fuertes de la Europa contemporanea.

Desde hace mas de medio siglo, una parte significativa del pueblo cubano fue y esta siendo despojado de su ámbito geográfico; obligado por la dictadura a deambular por distintas partes del mundo que van desde Miami, pasando por España y llegando hasta lugares tan remotos como Autralia. Pero a pasar del largo destierro y la amplia dispersión, los cubanos exiliados conservan sus raíces y al igual que los judíos y los polacos de ayer y los palestinos de hoy; y como pasó con todos aquellos pueblos, anhelan el retorno a su tierra de promisión, en nuestro caso Cuba.

Ese es un derecho inalienable, no un privilegio. Y al ser derecho de naturaleza humana, no hay porque negarle su retorno, para vivir en igualdad de condiciones y derechos con aquellos cubanos, que por los abatares del destino, no pudieron o no quisieron tomar el camino de la diáspora.

De hecho, el artículo 15 de la Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas establece que “ Toda persona tiene derecho a una nacionalidad” y que “a nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad…” .

Cónsono con ello, la refrendada democrática Constitución de 1940, establece en su articulo 12:

Art. 12- Son cubanos por nacimiento:

a) Todos los nacidos en el territorio de la República, con excepción de los hijos de los extranjeros que se encuentren al servicio de su gobierno.

b) Los nacidos en territorio extranjero, de padre o madre cubanos, por el solo hecho de avecindarse aquéllos en Cuba.

c) Los que habiendo nacido fuera del territorio de la República de padre o madre natural de Cuba que hubiesen perdido esta nacionalidad, reclamen la ciudadanía cubana en la forma y con sujeción a las condiciones que señale la Ley.

d) Los extranjeros que por un año o más hubiesen prestado servicios en el Ejército Libertador, permaneciendo en éste hasta la terminación de la Guerra de Independencia, siempre que acrediten esta condición con documento fehaciente expedido por el Archivo Nacional.

Inclusive la actual ilegítima e impuesta Constitución socialista dice en su Articulo 29 que:

“Artículo 29.- Son ciudadanos cubanos por nacimiento:

  • 1. los nacidos en el territorio nacional, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren al servicio de su gobierno o de organismos internacionales. La ley establece los requisitos y las formalidades para el caso de los hijos de los extranjeros residentes no permanentes en el país.
  • 2. los nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos, que se hallen cumpliendo misión oficial;
  • 3. los nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos, previo el cumplimiento de las formalidades que la ley señala;

ch) los nacidos fuera del territorio nacional, de padre o madre naturales de la República de Cuba que hayan perdido la ciudadanía cubana, siempre que la reclamen en la forma que señala la ley;

1. los extranjeros que por méritos excepcionales alcanzados en las luchas por la liberación de Cuba fueron considerados ciudadanos cubanos por nacimiento.”

Curiosamente, la primera Constitución de la República de 1901 contenía en su artículo 5 disposiciones similares respecto a los cubanos por nacimiento, haciéndolo también extensivo a los nacidos en el exterior de padres cubanos.

En otras palabras, aun habiendo nacido en el exterior de padre o madre cubana, son considerados por dichas constituciones como ciudadanos por nacimiento, por ende les cobijan los mismos derechos, tanto al pueblo cautivo como el pueblo en la diáspora.

Negarle al exiliado el derecho de retornar en igualdad de condiciones para integrarse con total plenitud a la vida social, económica y política del país, una vez derrocada la tiranía, sería violatorio de derechos constitucionales y humanos, aparte de lo contraproducente y perjudicial que sería para el futuro desarrollo del país, y amen de lo discriminatorio que implicaría tan inaceptable política de exclusión.

Por razón de derecho humano, logrado el cambio hacia la democracia en Cuba, los cubanos de la diáspora deben incorporarse y fusionarse a los que residen en la Isla para conformar y edificar juntos el Nuevo Estado Soberano y Democrático de Cuba.

La fusión debe ser plena: En lo económico, en lo social y en lo político. Cuba ha de resurgir al mundo de los pueblos libres como un Estado incluyente, con la unión de todos los desterrados y todos los de la Isla, siguiendo la tradición martiana de que Cuba ha de ser “ Con todos y para el bien de todos” los cubanos.

PERMANECER EN SUELO PATRIO


PERMANECER EN SUELO PATRIO:

UN DERECHO INALIENABLE

Por: Lcdo. Sergio Ramos

Tras las negociaciones entre la Iglesia Católica, el Gobierno de España y la dictadura de Cuba, comenzó la excarcelación de algunos presos políticos y de conciencia, sujeto a la forzoza condición de abandonar definitivamente el país. En otras palabras, se les impuso el cambio de castigo de la carcel por el destierro. Cuba aplica la misma medida que usaban los omnipotentes emperadores romanos cuando querían deshacerse de algún potencial enemigo politico: Enviarlos a lo mas recóndito del imperio.

Sin embargo, hay una docena de presos políticos y de conciencia que se han negado a aceptar la excarcelación a cambio del ostracismo. Ellos han preferido seguir presos antes que desterrados. Exigen el derecho a permanecer residiendo en Cuba. Estos valientes cubanos, además de adoptar un acto de rebeldía y protesta contra la tiranía y sus complices, están ejerciendo un derecho humano.

Resulta que toda persona tiene el Derecho a Permanecer libre en su suelo patrio y determinar el sitio donde habrá de domiciliarse. De hecho, la Carta de Derecho Humanos de las Naciones Unidas en su artícu1o 13 primer párrafo, establece que:

“ Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado”

Y cuando ese Estado elegido por una persona para domiciliarse y residir resulta ser su país de la cual es nacional, ese Derecho a Parmanecer adquiere una mayor fuerza, puesto que obliga a dicho Estado, a respetar esa decisión del ciudadano, gústele o no la posición política, raza, religión, sexo, edad, origen, o la posición social, que tenga esa persona.

Como consecuencia lógica en dicho caso, el citado artículo 13 queda ligado a otro derecho humano, el de la nacionalidad, consagrado en el artículo 15 de dicha Carta de Derechos Humanos de la ONU que reza:

“ Toda persona tiene derecho a una nacionalidad “… “ A nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad…”

Por cuanto la nacionalidad implica el derecho a permanecer y residir en el pais de la cual se es ciudadano.

El Gobierno dictatorial de Cuba viola, no solo esos derechos humanos, sino también su propia Constitución Socialista que le impuso al pueblo cubano y la cual establece en el Artículo 43 que:

“ ….que los ciudadanos, sin distinción de raza, color de la piel, sexo, creencias religiosas, origen nacional y cualquier otra lesiva a la dignidad humana:….”

  • “…. se domicilian en cualquier sector, zona o barrio de las ciudades y se alojan en cualquier hotel; ……………”

Aunque descaradamente el régimen lo matiza en el texto de su constitución como un “logro de la Revolución”, dicho derecho no es nada nuevo en la historia del derecho constitucional de Cuba, pues fue otorgado por los mambises cuando instauraron la República de Cuba y permaneció como derecho constitucional durante toda la historia republicana del país.

La primera Constitución de la República aprobada en 1901, garantizaba al ciudadano cubano, en su artículo 29, el derecho a mudarse y establecer su residencia en el territorio nacional sin ninguna restricción y, además, en su artículo 30 dictaminaba también que:

“ Ningún cubano podrá ser expatriado, ni a ninguno podrá prohibírsele la entrada al territorio de la República.”

La legítima y democrática Constitución de 1940 establece en su artículo 30 que:

“ Toda persona podrá entrar y permanecer en el territorio nacional, salir de el , trasladarse de un lugar a otro y mudar su residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte u otro requisito semejantre…” ( Enfasis nuestro)

Y continúa estableciendo en otro párrafo de dicho artículo 30 que :

“ Ningún cubano podrá ser expatriado, ni a ninguno podrá prohibírsele la entrada al territorio de la República.”( Enfasis nuestro)

En otras palabras, que existe, como un Derecho Constitucional, el Derecho a Permanecer en el territorio nacional.

Todos los cubanos tenemos el inalienable derecho humano a salir y entrar, a residir y permanecer libres en el territorio de Cuba. La tiranía castrista se ha encargado, desde que llegó al poder hace mas de cinco décadas, de conculcar consistentemente éste derecho a mas de un millón de cubanos que son obligados a residir hoy en el exterior dispersos por el mundo.

Los doce presos políticos que repudiaron el humillante ofrecimiento de la excarcelación por el destierro, están ejerciendo un derecho de orden constitucional y humano. La dictadura les viola esos derechos, a cuya infamia se suman como cómplices de ésta canallada, la jerarquía de la Iglesia Católica y el gobierno español. En el caso de éste último, añade responsabilidad violatoria al derecho humano, toda vez que los ex-presos políticos llegados a España a raiz de dicho acuerdo, no les provee del status de asilado, ni les otorga un permiso de trabajo, convirtiéndolos en parias abandonados a su suerte en tierras extrañas.

La patria del futuro, derrocada la dictadura, debe garantizarle a todos los cubanos, el Derecho a Permanecer en el suelo patrio. Un suelo que es de todos y cada uno de los nacionales de esa Isla que conocemos con el nombre de Cuba.